Reglamento para la Casa Social del Sindicato Católico
1º.- Tienen entrada en la misma sólamente los socios, sus familiares y forasteros. En el salón de televisión durante y para emisiones quienes han contribuido y contribuyen a su adquisicón y gastos, más los niños de los socios en edad escolar, habida cuenta la calificación de los programas.
2º.- Este edificio debe ser centro y lugar de recreo honesto, de cultura, de educación y de vida social, como indican su naturaleza y finalidad. Por tanto se prohibe:
a) sembrar ideas políticas subversivas y de división. (artículo 5º del Reglamento)
b) faltar a la religión, orden y decoro de obra o de palabra. (artículo 48 del Reglamento)
c) jugar a juegos prohibidos por la ley y cantidades excesivas.
El juego suele causar riñas, enemistades y miserias.
d) otras diversiones y espectáculos sin el consentimiento de la Directiva.
e) servir comidas ni traerlas los socios.
3º.- Se permite uso moderado de bebidas, refrescos y aperitivos.
4º.- La hora de cerrar no será tardía. El trasnochar resta energía para el trabajo y ocasiona desunión y mal ejemplo en la familia.
5º.- El lugar estará cerrado durante los cultos religiosos.
6º.- Cualquier incumplimiento de lo arriba establecido será corregido por el Sr. Presidente y será causa de expulsión si hubiera reincidencia.
La práctica del presente reglamento contribuirá, sin duda, a la mayor elevación del nivel de nuestro centro y a la mejor formación personal. Y este progreso colectivo e individual merece el esfuerzo y la cooperación de todos los socios.
Villafrades de Campos- año 1963
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